miércoles, 26 de agosto de 2009

Los dividendos y la doble tributación en el proyecto de reforma tributaria

Los dividendos y la doble tributación en el proyecto de reforma tributaria

Lo que dice la reforma es lo siguiente:

(Total utilidades) --> sobre esto 25% por impuesto a la renta de sociedades
--> sobre el mismo total 15% por participación a trabajadores
Los dueños son los accionistas, por lo tanto lo que paga cada accionista es 40% menos los descuentos aplicables.

Tal como se especifica, se puede emplear un 25% sobre el impuesto pagado como crédito tributario. De esta manera:

No me queda claro si el 25% de crédito tributario se aplica sobre a) el 25% por impuesto a la renta de sociedades o b) al 40% total. En todo caso, para ambos casos, sería así:

a) [(total utilidades)--> 25%]--> 25% de descuento sobre esto
o sea: 25% del 25%: 25/4= 6.25% dcto.
35.75% a pagar

b) [(total utilidades)--> 40%]--> 25% de descuento sobre esto
O sea: 25% del 40%: 40/4=10% dcto.
32% a pagar

A esto sumar, si el dinero se moviliza al exterior, un recargo del 2%:

37.75% ó 34% a pagar, según sea si el reglamento especifica el 25% de dcto. Sobre el 25% ó el 40% calculado.

Análisis realizado por:

Clarita Placencia O.
Quito-Ecuador
claraluecuador@hotmail.com


En base a publicación en suplemento Revista Judicial del Diario La Hora del 25/08/2009.
http://www.derechoecuador.com

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